Por los fundamentos antes expuestos esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho NERIS BARRERA BRAVO, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN JOSÉ GONZÁLEZ PINTO, en su condición de víctima, contra la sentencia No. 061-2013, de fecha diecinueve (19) del mes de agosto de 2013, emitida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia No. 061-2013, de fecha diecinueve (19) del mes de agosto de 2013, emitida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual, en Audiencia Preliminar, declaró INADMISIBLE LA ACUSACIÓN presen.....