Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la Causa signada por ante esta alzada con el N° 2Aa1909-03, y signada con el N° 9C-215-03, seguida a MOISES ENRIQUE FEREIRA MARTINEZ, venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.443.717,de estado civil soltero, de profesión u oficio vendedor de pescado, hijo de Guillermo Enrique Fereira Luzardo y de Aura Elena Martínez, quien previa admisión de los hechos en el acto de la audiencia preliminar fue condenado en fecha 29-07-2003, a cumplir la pena de tres (3) años Seis (06) meses y Veinte (20) días de Presidio, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en los artículos 457 y 278 del Código Penal, cometido en perjuicio de UDON PARRA B.....