DECLARA: INADMISIBLE el recurso de revisión, interpuesto por el penado GEOVANNY ENRIQUE RAMIREZ SILVA, portador de la cédula de identidad N° 26.514.876, contra la sentencia N° 46-09, de fecha 27 de Julio del año 2009, emitida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual condenó al precitado ciudadano a cumplir la pena de VEINTICUATRO (24) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, mas las accesorias de ley del articulo 16 del código penal en la comisión del delito de SECUESTRO, HOMICIDIO CALIFICADO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460, 406 Ordinales 1 y 277 del Código Penal, en perjuicio de ALBERTO SEGUNDO RAMIREZ y EL ESTADO VENEZOLANO, por haberse acogido a la institución de la admisión de los hechos, prevista en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud que dicha impugnación no se subsume en los supuestos establecidos en el artículo 462.6 del Código Orgánic.....