PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio REMCZY MARQUEZ RODRIGUEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano EDWIN ELVIS CALDERON ACOSTA,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 761-2015, de fecha 15 de octubre de 2015, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual con ocasión a la realización de la audiencia preliminar, se admitió: primero el escrito acusatorio presentado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del estado Zulia, en contra del ciudadano EDWIN ELVIS CALDERON ACOSTA, por considerarlo DETERMINADOR en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA MODALIDAD DE SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 44 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre d.....