En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: la NULIDAD DE OFICIO de la decisión N° 874-13, de fecha 28.08.2013, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual acordó la entrega en calidad de uso, guarda y custodia del vehículo MARCA: FORD, MODELO: RANGER XLT, AÑO: 2001, COLOR: AZUL, PLACA: 27LMAS, SERIAL DE CARROCERÍA: 8YTER 22X618A26815, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, SERIAL DEL MOTOR: 1A26815, a la ciudadana MARITZA ELEIDA NOGUERA DE CAMACHO, todo en aplicación al sistema de las nulidades contempladas en los artículos 174 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, que devino de la violación al derecho con la decisión ut supra indicada.
SEGUNDO: se ORDENA a un órgano subjetivo di.....