VII
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO la Sentencia No. 013-11, de fecha 07.04.2011, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró inculpable al ciudadano antes mencionado, como autor del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano WILMER JOSÉ CUBILLAN BRACHO; y CULPABLE, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano DARÍO RAFAEL CHÁVEZ OLIVA; imponiendo la pena de seis (06) años de prisión, más las accesorias de ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 y 24 de la .....