En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho Abogado ARMANDO CAÑIZALEZ, actuando en su carácter de Defensor de los imputados RONALD JOSÉ FERNÁNDEZ MÉNDEZ Y EDWIN JOSÉ RINCÓN MOSQUERA; en contra del auto de fecha 30 de Julio de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual acuerda la medida de privación judicial preventiva de libertad a los imputados antes mencionado, en consecuencia Se Confirma la Decisión Recurrida.
Regístrese, publíquese, bájese la presente causa en la oportunidad legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, e.....