IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Abogado Carlos Gutiérrez, actuando en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, en contra de la decisión No. 759-09 de fecha 22 de Abril de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se otorgó la libertad plena a la ciudadana Ayari Coromoto Coviz Muñoz, quien fuera imputada en audiencia de presentación por la presunta comisión del delito de Daños a la Propiedad, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.
Regístrese, publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala.....