IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho ALFREDO AMAYA TALAVERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 51.264, en su condición de defensor privado de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ARGUELLES MOLINA, portador de la cédula de identidad No. 11.885.945 y JOSUÉ DAVID FONSECA ISEA, portador de la cédula de identidad No. 23.467.228.
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión No. 4C-304-2014, de fecha 24.02.2014, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo estab.....