PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho ALBERTO SALAZAR, en su carácter de defensor privado de los imputados ALFREDO JOSE GUTIERREZ VERA y DILCIA MARGARITA MOLLEJA ORTIZ.
SEGUNDO: ANULAR la decisión la decisión Nº 4C-1607-15, de fecha 13 de Noviembre del 2015, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estatal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, de conformidad con los artículo 25 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 175, 176 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: ORDENAR que un Juez distinto al que dictó la decisión recurrida realice los correspondientes actos de procedimientos, a fin que se celebre nuevamente la audiencia preliminar prescindiendo de los vicios que la anulada adolece, conforme a lo establecido en el artículo 425 del Código Orgánico Procesal Penal.