DECLARA SIN LUGAR la inhibición suscrita por la abogada PAULA VIRGINIA GARRIDO FUENMAYOR, en su carácter de Juez Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la causa signada con el N° 12C-29882-18, seguida en contra de los ciudadanos FRANKLIN JESUS QUINTERO DREHER y MERCEDES MONICA DREHER DE QUINTERO, por la presunta comisión de los delitos de FALSIFICACIÓN DE LOS ACTOS Y DOCUMENTOS, ESTAFA, APROPIACION INDEBIDA y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 319, 320, 321, 462, 466, y 286, todos del Código Penal, y para la ciudadana MERCEDES MONICA DREHER DE QUINTERO, el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y USURPACION, previsto y sancionado en el artículo 471 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JUAN CHAVEZ.