Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos presentado por la abogada en ejercicio MAEYNI MARTÍNEZ VILLANUEVA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 131.134, actuando en su carácter de defensora del ciudadano CRUZ ARIOSMA MONTILLA HERNÁNDEZ, contra la Decisión N° 1C-1750-08, de fecha veintitrés (23) de Julio de 2008, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó, entre otros pronunciamientos, en acto de audiencia preliminar, sin lugar la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, impuesta al ciudadano en mención, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUST.....