declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el profesional del derecho REINALDO ALFONSO RAMIREZ BRACHO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 242.116, actuando en su carácter de defensor privado de la ciudadana ELIER TEHERAN RODRIGUEZ, de nacionalidad Colombiana, interpuso Acción de Amparo Constitucional contra el pronunciamiento judicial de fecha tres (3) de Agosto de 2016, emitido por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, por cuanto la misma procedió a negar la revisión de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta inicialmente en contra de la ciudadana ut supra identificada, la cual fuera solicitada por la accionante de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y con fundamento a lo establecido en los artículos 26, 27, 44, 49, 51,127 y 257 de la Constitución de la República Boliv.....