DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Abog. DAISY TRONCONE DE RATINO, Defensoras Pública Décima Tercera adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del imputado ISMAEL ENRIQUE PÉREZ GODOY contra la resolución Nro. 1660-06, de fecha 16 de de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual entre otras consideraciones, declaró en el Punto previo de la sin lugar el pedimento de la defensa , en su escrito de contestación a la apelación, referente a la solicitud de declarar con lugar la excepción contenida en el artículo 28, numeral 4°, literal "C", opuesta en el referido acto.