V
DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación que interpusiera el profesional del derecho Humberto Darry Pérez Suárez, en contra de la decisión No. 466-07, de fecha 09 de agosto de 2007, emanada del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se declaró improcedente el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 14 y de la Ley de Beneficios en el Proceso Penal y 493 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.
Regístrese, Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, .....