Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación de auto interpuesto por la profesional del derecho INGRID DEL CARMEN FERNÁNDEZ BARBOZA, quien actúa con el carácter de defensor del acusado JOSÉ LENIN HERNÁNDEZ KRISTEN, contra decisión N° 251-11, de fecha treinta y uno (31) de enero de 2011, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en los artículos 31, 437 literal "c" y 447 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la S.....