En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por los abogados en ejercicio JESÚS E. RIVAS y CARLOS CENTENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 19.563 y 158.478, en su carácter de defensores privados del ciudadano JHON JAIRO MARTÍNEZ JINETE, contra la decisión N° 982-12, de fecha 27.11.2012, emitida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual declaró sin lugar la aplicación del procedimiento por consumo, establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas, y en consecuencia ordenó la apertura a juicio, en la causa seguida en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO AGRAVADO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOT.....