En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Abogada JAVIELINA ZAVALA, en contra de la decisión Nro. 904-04, de fecha 23 de julio de 2004, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, y por vía de consecuencia declara la NULIDAD ABSOLUTA del acta policial que corre inserta a los folios 85, 86, 98 y 184 del expediente que lleva la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público y 20 al 26 del expediente formada de las actuaciones subidas en apelación todo de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose por consiguiente la Libertad sin Restricciones del ciudadano LUIS EDUARDO RAMOS.....