PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MARIELA RODRIGUEZ SOLER, Defensora Pública Segunda Encargada Penal Ordinario, en su condición de defensora de los ciudadanos ALEXANDER GONZÁLEZ ARROYO, y LUIS EDUARDO LUGO URDANETA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 4C-489-15, de fecha 06.03.2015, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.