En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS PORTILLO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad N°: 11.605.978, asistido por la profesional del derecho EDMARY ANDRADE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 98.032, contra la Decisión N° 1743-2009, de fecha 01 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual NEGÓ la entrega del vehículo CLASE AUTOMOVIL, USO: PARTICULAR, PLACAS: ANP979, SERIAL DE CARROCERÍA AJ1035106, TIPO: COUPE MARCA: FORD, COLOR: NEGRO, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS; MODELO: MUSTANG, AÑO: 1983, al ciudadano JUAN CARLOS PORTILLO VILLALOBOS.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión.....