En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentado por el ciudadano JOHAN OSWALDO PAZ RAMÍREZ, portador de la cédula de identidad N° 17.086.728, en su carácter de solicitante, asistido para este acto por la abogada en ejercicio DORIA FIGUERA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 56.783, contra la Decisión N° 3C-S-066-09, de fecha siete (7) de Julio del año 2009, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual negó la entrega del vehículo marca Chevrolet, modelo Malibú, clase Automóvil, tipo Sedan, color Vinotinto, serial de carrocería 1T69ABV311629, serial de motor VFV115148K0318C, año 1981, uso Particular, placas VET596, al ciudadan.....