PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho SIMÓN JOSÉ ARRIETA QUINTERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 67.642, en su condición de defensor privado de los ciudadanos MIREYA JOSEFINA ANDRADE DE SEGOVIA, ADRYANIS GERALDINE ESPINOZA STHORMES, MARYELY CAROLINA SEGOVIA ANDRADE, y LEONARDO JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión signada con el No. 1C-615-16, de fecha 31.03.2016, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Códi.....