En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la abogada CARMEN ELENA ROMERO, Defensora Pública Sexta Penal adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora del ciudadano DAVID LEVI MOLERO RÍOS, contra la Decisión N° 450 de fecha quince (15) de abril de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano en mención, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 5 en concordancia con el artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 277 del Código Penal, respec.....