En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la profesional del derecho JOHANNA COROMOTO PINEDA PLATA, en su condición de defensora privada del ciudadano JOSE ANTONIO MENDEZ, portador de la cédula de identidad Nº. V.- 20.142.905.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 1273-2016, de fecha 15.10.16, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara.
Regístrese, publíquese. Remítase la causa en la oportunidad legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los veinte (20) días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de .....