VI
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MÓNICA ARAPE ESTRADA actuando en su carácter de Defensora Pública Décima Novena de la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, del ciudadano LUPERCO SEGUNDO MORALES SOTO, venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Encontrados, fecha de nacimiento 02-01-60, de 45 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.895.071, de oficio comerciante, vendedor de desinfectantes, hijo de Luperco Morales y Josefa Soto de Morales y residenciado en el Barrio Democracia, primera calle, sector 28 de diciembre casa sin numero, cerca de la Granja La Muchachera, a trescientos metros, Municipio San Francisco en contra de la sentencia Nº 029-05, publicada en fecha diecinueve (19) de dic.....