En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: la NULIDAD DE OFICIO de la decisión signada con el N° 1C-2162-13, de fecha 12.11.2013, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, la cual negó la entrega del vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, MODELO: FUSION, MARCA: FORD, TIPO: SEDAN, COLOR: GRIS, AÑO: 2007, SERIAL DE CARROCERÍA: 3FAHP08107R255730, SERIAL DEL MOTOR: 7R255730, PLACAS: SBH29V, USO: PARTICULAR, al ciudadano RONALD JOSÉ GELVEZ HERNÁNDEZ, todo en aplicación del sistema de las nulidades contempladas en los artículos 174 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, que devino de la violación al derecho con la decisión ut supra indicada.
SEGUNDO: se ORDENA a un órgano subjetivo distinto.....