INADMISIBLE la recusación interpuesta en fecha 04 de diciembre de 2018, por el ciudadano JUAN CARLOS CHÁVEZ CHACÓN, en su carácter de víctima, asistido por la profesional del derecho LORENA BEATRIZ VARGAS HERNÁNDEZ, en el asunto signado con el N° 12C-29882-18, seguido en contra de los ciudadanos FRANKLIN JESÚS QUINTERO DREHER, ANDREA VERONICA CHÁVEZ GONZÁLEZ y MERCEDES MONICA DREHER DE QUINTERO, por la presunta comisión de los delitos de FALSIFICACIÓN DE LOS ACTOS DE DOCUMENTOS, APROPIACIÓN INDEBIDA, ESTAFA y AGAVILLAMIENTO, para el primero de los citados, FALSIFICACIÓN DE LOS ACTOS DE DOCUMENTO y AGAVILLAMIENTO, para la segunda de las mencionadas, y USURPACIÓN y AGAVILLAMIENTO, para la tercera de las nombradas, cometidos en perjuicio del ciudadano JUAN CARLOS CHÁVEZ CHACÓN; incidencia interpuesta contra la abogada JONAN ISABEL ALBORNOZ MONTERO, en su carácter de Jueza Duodécima de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la cu.....