declara: LA NULIDAD, DE OFICIO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO DEL CIUDADANO JOSÉ MIGUEL LÓPEZ, llevado a efecto el día 04 de octubre de 2014, por ante el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en razón que los actos procesales cumplidos en contravención a los derechos y garantías constitucionales, no pueden ser considerados como válidos, y en el presente asunto se violentó el debido proceso y el derecho a la defensa del imputado de autos, al verificarse el acto de presentación con un abogado, que si bien fue designado por el imputado no fue juramentado, por tanto, en el presente asunto no se cumplió con la formalidad de su juramentación, en tal sentido, se ordena la realización de un nuevo acto de presentación de imputado en lo que respecta al ciudadano JOSÉ MIGUEL LÓPEZ, por ante un órgano subjetivo distinto al que dictó la decisión anulada.