Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio JOSÉ FARIA LABARCA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.287, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO FRANCISCO GUANIPA DUNO, contra la Decisión N° 960-08 de fecha quince (15) de Mayo de 2008, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual negó la entrega del vehículo marca Ford, modelo Explorer Eddie Bauer, año 2007, color Marrón, tipo Sport Wagon, uso Particular, serial de carrocería 1FMEU74857UAK7473, serial del motor 7UAK7473, placas MEY-00T, al ciudadano en mención, todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en.....