Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por la abogada MARIELA RAMÍREZ SOLER, Defensora Pública Segunda encargada, adscrita a la Defensa Pública del Estado Zulia, Extensión Cabimas, actuando como defensora del ciudadano LUÍS JOSÉ ÁVILA GARCÍA, portador de la cédula de identidad N° 23.758.834, contra la resolución N° 2C-906-14, de fecha 23 de Abril de 2014, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual declaro sin lugar la solicitud de revisión de medida cautelar privativa de libertad en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6 de la Le.....