PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de auto, incoado por el profesional del derecho ROBERT JOSÉ MARTINEZ GODOY, Fiscal Provisorio adscrito a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Zulia.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión signada con el No. No. 410-2015, dictado en fecha 01.04.2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, en el cual se decretó la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos MANUEL SEGUNDO ANGARITA APARICIO, DAVID JOSÉ BELANDRIA RINCÓN y EZEQUIEL BALLESTERO BECERRA, por la comisión del delito de SOBORNO, previsto y sancionado en el artículo 63 en relación con el artículo 61 ambos de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLAN.....