V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por el profesional del derecho RAFAEL PADRÓN PORTILLO, Defensor Público Auxiliar con competencia a nivel nacional, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actúa con el carácter de defensor de los ciudadanos DEIVIS LUIS SILGADO CANCHILLA, CARLOS ENRIQUE LINAREZ VELASQUEZ y DEIVI JOSÉ VASQUEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión sin numero de fecha cuatro (04) de Noviembre de 2013, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con motivo de la audiencia de presentación de imputado, la cual decretó la aprehensión en flagrancia y la privación judicial preventiva de libertad.....