Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho LUIS MARCANO, MILANGI GONZALEZ y JESSUDY SALAZAR, en su carácter de defensores de los imputados DIRWIN JOSÉ PEROZO MARIN, titular de la cédula de identidad N° 15.603.853 y WILLIAN ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.470.195,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, resultando improcedente tanto el decreto de nulidad del Registro de Cadena de Custodia, así como la solicitud de una medida menos gravosa, planteados por los apelantes a favor de los imputados de autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los diecisiete (17) día del mes de Noviembre del año dos mil diecisé.....