Por las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por profesional del derecho Alfonso Ballestas Loaiza, actuando en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana Mildred del Carmen de la Cruz, ejercido en contra de la decisión Nº 2312-09 de fecha 14.10.2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de la mencionada imputada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la recurrida.