PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelaciones interpuestos, el primero por el abogado BAIDO LUZARDO, Defensor Público Auxiliar con Competencia Plena a Nivel Nacional, adscrito a la Unidad de Defensoría Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del imputado LEWIS JOSÉ MORALES MORALES, y el segundo por el abogado EROL OSCAR EMANUELS SPERANDIO, en su carácter de defensor privado del imputado JOSE GREGORIO AGUIRRE MARQUEZ,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada signada con el N° 472-16, de fecha 03-06-2016, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia,.