IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la Abogada THAIS C. CUBA E., en su carácter de Defensora Privada del ciudadano ADAN ALBERTO CEDEÑO GONZÁLEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, bajo el N° 581-07, de fecha 24 de Mayo de 2007, mediante la cual admitió totalmente la Acusación, presentada por la Representante de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, en contra de su defendido y se ordeno el Auto de Apertura a Juicio del mencionado ciudadano, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos RAFAEL ANGEL BATISTA VILO.....