PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS MUÑOZ, Defensor Público Auxiliar Duodécimo Penal Ordinario para la Fase de Proceso, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del imputado ADONIS JESUS ESTRADA TORRES,
SEGUNDO: Se ANULA la decisión N° 208-16, de fecha 14-03-2016, emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia,
TERCERO: Se ORDENA la celebración de un nuevo acto de presentación de imputados ante un órgano subjetivo distinto al que pronunció la decisión anulada, el cual deberá pronunciarse motivadamente, sobre los pedimentos realizados por las partes en dicho acto, a los fines de no incurrir en el vicio de inmotivación aquí detectado
CUARTO: Se MANTIENE la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Proces.....