En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio JOSÉ LUIS GARCÉS MÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.676, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano YOGELSON JOSÉ MONTERO GUEVARA, contra la Decisión Nº 4C-1366-09, de fecha siete (07) de Septiembre de 2009, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano antes referido, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A VEHÍCULO DE TRANSPORTE COLECTIVO, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en el últi.....