PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado YEORGE LUÍS ALVARADO, Defensor Público Auxiliar Séptimo Penal Ordinario, en su carácter de defensor de los ciudadanos EDIXON ANTONIO BARROS TEJEDA y DIEGO ARMANDO MANCILLA EVERTSZ, contra la decisión N° 1.216-15, de fecha 24 de noviembre de 2015, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, haciéndose improcedente la solicitud de medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, planteada por el recurrente a favor de sus representados.