En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho LESLIS MORONTA LÓPEZ y ANALY GONZÁLEZ MORONTA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 12.143 y 125.785, respectivamente, con el carácter de defensoras privadas de los imputados ARGENIS ENRIQUE URDANETA OBREGON, portador de la cédula de identidad No. 14.920.887; JAIRO ENRIQUE BARRENO CASTILLO, portador de la cédula de identidad No. 15.765.434 y RONALD JOSÉ RODRÍGUEZ BRICEÑO, portador de la cédula de identidad No. 15.011.765.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. 1499-12 de fecha 07.12.12, dictada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, todo de conformidad con lo previsto en el artí.....