En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la abogada CARMEN ELENA ROMERO HOMEZ, Defensora Pública Sexta Penal Ordinaria adscrita a la Unidad de defensa Pública del Estado Zulia, en su condición de defensora del ciudadano ORLANDO JOSÉ COVARRUBIA MEDINA; SEGUNDO: ANULA la decisión N° 1452-13, de fecha 30.10.2013, emitida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual declaró sin lugar la extinción de la acción penal, en la causa seguida en contra el mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de OCULTAMÍENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, y se retrotrae el proceso.....