PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentado por la abogada YASMELY ALICIA FERNANDEZ CARVAJAL, Defensora Pública Trigésima Primera de Indígena con competencia Penal Ordinaria para la fase de proceso, adscrita a la Unidad de la defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora de los imputados JHONATAN ENRIQUE BRACHO BRACHO, RAFAEL ANTONIO BALAZARTE DIAZ, y JUNIOR JAVIER JURADO LOPEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión Nº 1080-2014, de fecha 01-09-2014, emanada del Juzgado Primero Estadal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual declaró la aprehensión por flagrancia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 234, 262, 265 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los mencionados imputados, por encontra.....