Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por los abogados en ejercicio PEDRO DUARTE y DOUGLAS QUERALES, inscritos en el Inpreabogado con los N° 64.695 y 40.671 respectivamente, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano NERIO JESÚS CHIRINOS, contra la Sentencia N° 2J-016-07, de fecha diecisiete (17) de Septiembre de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido de manera Mixta, la cual condenó al ciudadano en mención, por la comisión del delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, en perjuicio del niño (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LONNA).
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sente.....