IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho KIZZY ALMARY BERRUETA URDANETA, defensora pública auxiliar de la Defensoría Pública Tercera Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del ciudadano DANIEL JESÚS MELEAN ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° 24.376.904. SEGUNDO: SE CONFIRMA el pronunciamiento emitido en el acta, de fecha veinticinco (25) de Septiembre de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; en la cual declaró con lugar la solicitud del Ministerio Público y dejó sin efecto la rueda de reconocimiento, en la causa.....