Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECIDE:
Primero: Se DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la Defensora Pública TERESA MARTÍNEZ, a favor del ciudadano HENDERSON ANTONIO ESPINOZA JACKSON, por lo que se DICTA DECISIÓN PROPIA en lo que concierne a la rectificación de la pena.
Segundo: Se CONDENA al ciudadano HENDERSON ANTONIO ESPINOZA JACKSON, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de veintiún (21) años de edad, estado civil soltero, Comerciante, titular de la Cédula de Identidad V-13.878.326, fecha de nacimiento 23-11-77, hijo de Judith Josefina Jackson y Arcángel Espinoza, residenciado en el Barrio 24 de Julio, calle 173, con avenida 49A, N° 4909, Municipio San Francisco, Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN más las a.....