En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio NELSON MONTIEL SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5454, con el carácter de defensor privado del ciudadano SONEL VILLALOBOS GALLARDO, contra la Decisión N° 1309-08 de fecha tres (3) de Abril de 2008, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que decretó contra el ciudadano en mención, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano IDELFONSO GARCÍA, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida y se NIEGA la imposición de.....