DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE ADMISIBLE el recurso de apelación presentado por el profesional del derecho DOMINGO BECERRA NIEVES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 52.093, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano DESNIER IBRAIN HERNÁNDEZ MENDOZA, portador de la cédula de identidad No. V-16.302.151, contra la decisión de fecha 30.11.2015, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación en relación a la segunda y tercera denuncia, referidas a la admisión de la acusación presentada por el Ministerio Público y a la precalificación jurídica de los hechos, .....