PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho JESÚS IGNACIO QUIJADA RINCÓN, en su carácter de defensor del ciudadano ÁNGEL LISANDRO DÍAZ SÁNCHEZ, contra la decisión Nº 539-18, de fecha 18 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.