PRIMERO: INADMISIBLE el particular primero del recurso de apelación presentado por el abogado JONATHAN ALEXANDER SIERRA, Defensor Público Auxiliar Segundo Penal Ordinario de la Unidad de la Defensa Publica del estado Zulia, extensión Villa de Rosario, en su carácter de defensor de los acusados DEINI ENRIQUE COLINA y LUIS JOSÉ GARCIA, contra la decisión N° 0879-2017, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Municipio Rosario de Perija, en fecha 27 de Junio de 2017, referida a la oposición del recurrente al pronunciamiento de la Jueza de instancia que declaró sin lugar la excepción prevista en el artículo 28, numeral 4, literal "e" del Código Orgánico Procesal Penal, planteada por la defensa en su escrito de descargo, de conformidad con el numeral 2 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: INADMISIBLE el segundo particular de impugnación, por expresa disposición del Código Orgánico Pr.....