INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE ALEXANDER FINOL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 19.553, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano EVERT ALEXIS COLINA ESPINOZA, portador de la cédula de identidad N° V- 10.410.296, contra el fallo N° 026-2022, de fecha 28 de Junio de 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; al estar contemplado en uno de los casos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428, particular "b", en concordancia con el artículo 440 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; como lo es, el haber interpuesto el recurso de apelación de manera extemporánea, según criterios emanados del mas alto Tribunal de la República, ilustrados en esta decisión. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Pen.....